El juzgado social número 4 de Barcelona ha considerado el despido de una trabajadora como NULO, ordenando a que la readmita e indemnice con 6.251 euros por los daños morales sufridos

Se trata de  una camarera a la que despidió porque se negó a vestir con la poca ropa que le imponían los dueños de un local de copas de la capital catalana: sujetador, culotte y medias. 

1.- Despido nulo por vulneración de derechos fundamentales al honor y la propia imagen.

 

En la sentencia, la titular del Juzgado de lo Social número 4 de Barcelona da la razón a la trabajadora, que prestaba sus servicios contratada por la empresa AlemanProduct SL, y ordena su “inmediata readmisión”, sin que ahora se le pueda imponer este tipo de vestimenta, así como que se la indemnice al concluir que la “imposición” de llevar tan poca ropa vulneró su derecho al honor y le causó daños morales.

La empresa, de acuerdo con su actividad, impuso a la camarera un código de vestimenta específica, que la obligaba a llevar la menor cantidad de ropa posible, en concreto bragas, culotte y sujetador.

 

La trabajadora no se encontraba cómoda con esta vestimenta —cuando “puntualmente” la llevó llegó a sufrir una situación “embarazosa” con un cliente, según la sentencia—, por lo que en junio de 2021 empezó a ponerse vestidos o tejanos y ropa con la que se sentía mejor.

 

Ante esta situación, el 6 de septiembre de 2021 el encargado del local le llamó la atención y le advirtió de que no podía vestir así, ya que tenía que llevar la poca ropa que le habían indicado, alegando que era lo que los clientes querían. Al día siguiente, el jefe de la empresa le insistió que debía vestir como le habían dicho, si bien ella mantuvo su negativa.

 

Posteriormente, el 8 de septiembre la empresa amonestó por escrito a la camarera por negarse a seguir las condiciones de atuendo, y el día 12 de ese mes, al comprobar que mantenía su negativa, la obligaron a tomar vacaciones hasta que el 25 de octubre de 2021 le notificaron la rescisión de su contrato.

 

2. Indemnizacion por daños morales.

 

En su sentencia, que se puede recurrir, la jueza considera “plenamente acreditados” los daños morales causados a la trabajadora por la imposición de esta vestimenta, así como por las consecuencias que ello le comportó.

 

Asimismo, declara la nulidad del despido por vulneración del derecho fundamental al honor, a la intimidad personal familiar y a la propia imagen, por lo que condena a la empresa a readmitir de forma inmediata a la trabajadora, sin imponerle la vestimenta que se ha determinado “contraria a los derechos fundamentales” de la demandante.

 

Os dejamos enlace de la noticia:

https://www.20minutos.es/noticia/5098464/0/ordena-indemnizar-readmitir-camarera-nego-llevar-poca-ropa/

https://www.lainformacion.com/asuntos-sociales/justicia-ordena-readmitir-camarera-nego-llevar-poca-ropa/2880896

https://www.antena3.com/noticias/economia/jueza-ordena-readmision-indemnizacion-mujer-despedida-negarse-llevar-poca-ropa_2023020563dff1337b624e0001933aaa.html